La lucha antiterrorista
El etarra detenido ayer había sido absuelto hasta tres veces, pese a haber pruebas de ADN
La Audiencia Nacional va a revisar sus protocolos de actuación ante los últimos fallos puestos de manifiesto en la lucha contra el terrorismo de ETA. El primer caso fue detectado esta semana cuando se comprobó que Asier Bengoa, uno de los dos etarras detenidos en Francia por el asesinato de los guardias civiles Raúl Centeno y Fernando Trapero, fue puesto en libertad diez días antes de ser condenado a siete años y medio de prisión por colaboración con banda armada, ya que pertenecía a un grupo de captación de jóvenes para actividades de terrorismo callejero. Pero ayer se puso de manifiesto que el etarra detenido por la Guardia Civil como miembro del comando Vizcaya, Gorka Joseba Lupiáñez Mintegi, también había pasado por la Audiencia, en este caso para ser absuelto hasta tres veces por hechos relacionados con la kale borroka o violencia callejera.
El caso de Gorka Lupiáñez es casi tan lacerante como el de Asier Bengoa, porque la revisión de sus procesos pone de manifiesto que ambos podrían haber estado en prisión, en lugar de seguir libres para seguir cometiendo delitos de terrorismo. Y es que Lupiáñez hubiera podido ser condenado si la Audiencia hubiera podido tener en cuenta una prueba que dio por no válida, relacionada con un examen de ADN que se realizó sin autorización judicial. El sistema de garantías en la obtención de las pruebas, que tantas veces se justifica por el deber constitucional de proporcionar a todos los ciudadanos una tutela judicial efectiva, jugó en el caso de Lupiáñez como una salvaguarda personal, pero en contra de la seguridad colectiva.
Tras absolverle dos veces en dos asuntos distintos por falta de pruebas, la sala de lo penal de la Audiencia, en efecto, volvió a dejar libre a Lupiáñez en una tercera ocasión porque consideró que no debía tomar en cuenta la identificación de su ADN conseguida por un miembro de la Ertzaintza que la obtuvo porque el detenido escupió en comisaría. La saliva de Lupiáñez permitió establecer que su ADN era el mismo que el hallado en un cabello encontrado a su vez en un pañuelo que apareció en una papelera situada en el lugar de los hechos de violencia callejera por los que se le juzgaba. La Audiencia consideró entonces que no podía tomar en cuenta el dato del ADN, porque había sido obtenido de forma azarosa y sin control judicial alguno.
Pero el hecho es que en el caso del 11-M el islamista Abdelmajid Buchar, por ejemplo, ha sido condenado porque su ADN fue recuperado por la policía de un hueso de dátil hallado en una bolsa de basura que él mismo dejó en un contenedor antes de darse a la fuga tras salir del piso de Leganés en que se suicidaron otros miembros del comando. Yuna sentencia del Supremo de octubre del 2005 estableció que "la policía judicial puede recoger muestras genéticas abandonadas por los sospechosos sin necesidad de autorización judicial".
En abril de ese mismo año, el Supremo había resuelto otro caso similar afirmando que la intervención judicial en las pruebas de ADN debe ser considerada obligatoria, aunque podría ser sustituida por la actuación directa de la policía en casos de urgencia. Pero el debate sobre estas pruebas no está cerrado, porque la Audiencia primero y el Supremo después han absuelto al etarra Gregorio Vicario Setién del secuestro del industrial José María Aldaya, en este caso porque el resultado de un examen de ADN presente en una cuchilla utilizada por el acusado se incorporó al sumario in extremis, y el fiscal y la Asociación de Víctimas del Terrorismo, no mencionaron esa prueba en el juicio.
Las fuentes de la Audiencia consultadas admiten, en suma, que se debe fijar un criterio definitivo sobre la validez de las pruebas de ADN, y evitar oscilaciones en la actuación de los tribunales. Las mismas fuentes admiten que las circunstancias que determinaron la puesta en libertad de Asier Bengoa también fueron lamentables, porque pasaron dos años desde que se terminó la instrucción del caso hasta que comenzó el juicio oral. Ese periodo es a todas luces exagerado. La conclusión de un sumario significa, precisamente, que ha terminado el grueso de la investigación. Pero la forma de adscripción de los magistrados a las salas era hace dos años muy rígida. El actual presidente, Javier Gómez Bermúdez, la ha cambiado para evitar colapsos de una sección, mientras otras tienen menos trabajo. El Consejo General del Poder Judicial ha abierto una reflexión sobre todos estos problemas, pero aún no ha decidido si interviene con una investigación específica.

Escribe un comentario
Los comentarios están cerrados