Aunque nada garantiza su eficacia —a menudo, lo contrario—, los dirigentes políticos no abdican de la manía de acumular promesas efectistas en vísperas de convocatoria electoral. Logran, eso sí, grandes espacios en los medios, pero casi nunca se corresponden con efectos reales en la vida de la sociedad. En las últimas semanas dos anuncios han captado de forma particular la atención: uno ha sido el ya bautizado cheque bebé; otro, la ampliación de la subvención presupuestaria para jóvenes que alquilen una vivienda.

Lo primero trata de incentivar una recuperación de los índices de natalidad; lo segundo, mitigar las dificultades de acceso a una vivienda que sin duda existen en amplias capas de la población. Sólo que el indudable impacto mediático no resuelve la principal duda: ¿remedian los problemas de fondo que subyacen tras lo que se pretende corregir?

Dejando la natalidad para otro momento, vale la pena reflexionar sobre lo que de verdad propicia la evolución del mercado inmobiliario.

Buena parte del discurso político suele partir de lo dispuesto por la vigente Constitución (artículo 47): “todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada” e insta a los poderes públicos a regular “la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”. Sin entrar a calificar el sesgo más o menos voluntarista del texto, cabe preguntarse si las normas en vigor cumplen con el precepto constitucional.

De una parte, disfrutar no equivale a poseer, por lo que nada indica que el acceso a la vivienda haya de ser necesariamente en propiedad, lo que pone en cuestión la acentuada discriminación normativa que viene afectando al alquiler. De otra —más importante—, parece claro que no sólo no se lucha de forma efectiva contra la especulación, sino que ésta evoluciona favorecida entre otras cosas por la activa participación en ella de los municipios para proveerse financiación… por no citar los casos en que se incurre en algo peor.

Existe, pues, la sensación de que los sucesivos gobiernos —éste y los anteriores— han hecho poco, más bien nada, para ir al fondo del asunto y se han quedado en la mera superficie, cuando no promovido legislaciones que podrían ir en contra de lo que manda la Constitución.

A estas alturas nadie discute que una de las carencias sustanciales del mercado inmobiliario español es la falta de oferta en alquiler. Oferta —que no demanda—, de la que están ausentes tanto la iniciativa privada como las distintas ramas del sector público. Quiere decir, por tanto, que quienes buscan una vivienda se ven abocados al oneroso dispendio que representa comprarla porque las ofrecidas en arrendamiento son pocas, y por tanto caras, pero también porque la legislación tributaria favorece claramente la adquisición para uso propio frente al arrendamiento.

De momento, la promesa gubernamental actúa sobre la demanda y deja de lado la oferta, dado que no aporta ningún incentivo para que existan más inmuebles en régimen de alquiler. Se ha dicho que seguirán otras medidas en esta línea, pero en tal caso no se comprende que lo anunciado haya merecido tamaña solemnidad. Ni evita que, sobre lo único conocido, surjan dudas en términos de eficacia del gasto presupuestario: ¿no sería mejor destinar esos cientos de millones de euros anuales a construir viviendas públicas y alquilarlas a precios bonificados a esos jóvenes incursos en la horquilla que se ha decidido proteger? La rentabilidad socioeconómica a largo plazo de una y otra fórmula no admiten comparación.

Yendo aún más al fondo del asunto, cabría preguntarse hasta qué punto incide en todo ello el marco normativo vigente para que España sea el país de la Unión Europea con porcentaje más bajo de parque de viviendas en alquiler. Rige, como es sabido, una ley de Arrendamientos Urbanos que, aunque reformada hace apenas doce años, mantiene los fundamentos esenciales de la dictada en la década de los 40’s, en un contexto político que no vale la pena recordar. ¿No sería mejor estudiar seriamente la conveniencia de reformarla si, como parece demostrado, actúa como desincentivo? Algo debe ocurrir cuando el segmento residencial está dominado por la compraventa, mientras en oficinas y locales comerciales predomina el régimen de alquiler.

Nunca se debe descartar que los ciudadanos perciban la esterilidad de alumbrar ocurrencias simples para problemas complejos y eso se note en los votos… sólo que al revés.

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