Pero, ¿qué es esa cosa rara de la inseguridad jurídica?, de Roberto L. Blanco Valdés en La Voz de Galicia
INSEGURIDAD jurídica: de ella podría decirse lo que afirmaba de la confianza don Francisco de Quevedo: que es el mayor despeñadero. De hecho, existen pocas cosas más nocivas para la buena marcha de una sociedad desarrollada que la ausencia de esa condición -la seguridad jurídica- que todo el mundo sabe decisiva, por más que sean pocos los que podrían definirla técnicamente con cierta precisión.
Seguridad jurídica es, por ejemplo, que si uno obtiene de un ayuntamiento una licencia para construir lo que sea que uno pretenda construir, tenga una certeza razonable de que no vendrá después otra autoridad administrativa -la Consellería de Política Territorial, por ejemplo- a requerir que se anule esa licencia, causando con ello daños que un particular que está actuando dentro de la ley no debería tener que soportar en un Estado de derecho.
Y seguridad jurídica es, también, que en el supuesto de que se haya impugnado judicialmente la legalidad de la licencia previamente concedida argumentando que el ayuntamiento ha actuado fuera de la ley, exista una certeza razonable de que esa revocación será finalmente confirmada y no rechazada por el juez.
Para decirlo de una vez: seguridad jurídica es todo lo contrario de lo que acaba de acontecer con las licencias que para construir 1.300 viviendas concedió el ayuntamiento de Foz ¡de una tacada!
Aunque siento desilusionar a quienes llegados a este punto estarán ya afilando el cuchillo de la fácil demagogia contra quien parece defender la salvaje política urbanística del alcalde socialista García Rivera, les diré que a mí, como a la mayoría de ustedes, lo de Foz me parece una verdadera atrocidad.
Pero no es esa la cuestión. La cuestión es que si las licencias de Foz fueron concedidas dentro de la ley, la seguridad jurídica exige que la Xunta no las impugne con la alegría con la que parece haberlo hecho. Y es que una Administración con los recursos de todo tipo que la Xunta tiene disponibles no puede meterse en una impugnación de esa envergadura y consecuencias si no está segura de contar con toda la razón.
¿Cuál es la lección final que los administrados podemos obtener de este episodio? Una ciertamente desalentadora: que no cabe fiarse de los ayuntamientos cuando conceden sus licencias, ni -cuando las impugna- de la Xunta de Galicia. Que uno puede comprar una vivienda autorizada por una administración, que luego otra -o un juez- ordena derribar. Y que, cuando hechos increíbles como estos pasan de ser la excepción a ser la regla, ha desaparecido la seguridad jurídica que la Constitución garantiza a todos los ciudadanos
