La ley estrella de la agenda social de Zapatero tuvo el apoyo de ERC e ICV
La primera en la frente. Una de las leyes más importantes de la agenda social del presidente Zapatero, aprobada apenas cuatro meses después de que entrara en vigor el nuevo Estatut, ha sido dictaminada como inconstitucional por el Consell Consultiu, el órgano de la Generalitat, elegido por el Parlament y el Govern, e integrado por juristas de reconocido prestigio que informa sobre el cumplimiento de la Constitución y del Estatut en las leyes españolas y catalanas.
El informe, distribuido ayer a los grupos del Parlament, considera incompatible con el Estatut todo lo fundamental de ley de Dependencia. A la luz de la contundencia de este dictamen, solicitado por el grupo de CiU, que como el PNV, votó en contra de la ley en su tramitación en las Cortes, la Cámara catalana deberá decidir ahora si recurre ante el Tribunal Constitucional.
Argumentos, de acuerdo con el informe, no les van a faltar. Un total de 40 artículos son considerados inconstitucionales. La ley tiene 47 artículos y 26 disposiciones. En al menos 28 de los 40 artículos cuestionados, los miembros del Consell Consultiu votaron unánimemente. Para el resto, cuatro ponentes, Jaume Vernet (que fue el ponente), Joan Bassols, Jaume Camps y Marc Carrillo, han impuesto su mayoría. Curiosamente sólo Bassols y Camps responden a la sensibilidad de CiU, mientras que Vernet llegó al Consultiu a propuesta de ERC y Marc Carrillo de ICV. No se trata de un detalle menor porque tanto ERC como ICV defendieron a toda costa este proyecto de ley en su tramitación en las Cortes. Sólo CiU, PNV y otros diputados nacionalistas del grupo mixto se opusieron a este proyecto precisamente con los argumentos que ahora ha esgrimido el Consultiu.
La ley de Dependencia - una de las pocas iniciativas legislativas del Gobierno que ha contado con el apoyo del PP- crea el derecho de los ciudadanos que no se pueden valer por sí mismos a recibir ayuda de la Administración. De hecho se trata de un derecho generalizado en todos los países europeos que, aquí en España, hasta ahora, han cubierto como han podido los ayuntamientos y las comunidades autónomas. En los países europeos, el sistema de dependencia está integrado en la red de la Seguridad Social de cada país. Sin embargo aquí, la nueva ley se organiza y se financia como un sistema aparte y con un fondo anual asignado en los presupuestos. Y este es el núcleo del problema.
El Estado, de acuerdo con este dictamen, no tiene competencias para diseñar un sistema nacional de dependencia porque esa es una competencia transferida a título exclusivo a las comunidades autónomas. Si lo hubiese vinculado a la Seguridad Social - competencia del Estado- no existiría ese conflicto.
Cuentan las malas lenguas en las Cortes que el vicepresidente económico del Gobierno, Pedro Solbes, trazó una línea infranqueable a las pretensiones del ministro Jesús Caldera, promotor de la ley. La caja no se toca, vino a decirle. Así pues Caldera tuvo que optar por la vía más arriesgada. Saltar al vacío sin red e instituir un nuevo derecho subjetivo sin otro argumento jurídico que la competencia del Estado para garantizar la igualdad de derechos de los españoles, fijada en la Constitución. Un terreno pantanoso. En el fondo, el problema de base es recurrente en los contenciosos entre el Estado y las comunidades: la interpretación del artículo 149.1.1, que otorga al Estado "la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes". El Gobierno considera que esa atribución le permite crear un sistema propio y paralelo a la competencia autonómica. A menudo el Constitucional le ha quitado la razón.
CiU destacó que los juristas han avalado su defensa de la autonomía política, mientras los socialistas y también el conseller Carod-Rovira replicaron que "ningún debate técnico jurídico debe impedir la generalización de un derecho que puede beneficiar a tantas personas".

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